miércoles, 23 de febrero de 2011

LA NO REVISIÓN DE LA CONDENA DE MIGUEL HERNÁNDEZ


El Tribunal Supremo ha denegado a los familiares de Miguel Hernández la revisión de la pena de muerte impuesta al poeta por un tribunal franquista en 1940. Sus familiares lo único que querían era una reparación moral y se amparan en la Ley 52/2007 de la Memoria Histórica, donde se declaran injustas todas las condenas por motivos políticos e ideológicos dictadas por tribunales franquistas.

El pasado mes de marzo, la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, le entregó a los familiares del poeta una Declaración de Reparación y Reconocimiento Personal, en un acto en la Universidad de Alicante.

Miguel Hernández fue condenado a muerte por un delito de adhesión a la rebelión en una sentencia dictada por el Tribunal de Prensa de Madrid, que posteriormente fue rectificada por una pena de 30 años de prisión, que no llegó a cumplir, porque murió en la cárcel en 1942. El año pasado se celebró el primer centenario del nacimiento del poeta y este año han sido hallados 170 textos inéditos del autor de 'Perito en lunas', que, al parecer, corresponderían a ejercicios literarios del poeta.
La petición de revisión ante el Supremo había sido presentada en el mes de julio por la nieta de Miguel Hernández, María José Hernández Izquierdo.

En el mes agosto, la Comisión Cívica por la Memoria Histórica de Alicante anunció en rueda de prensa que había encontrado un sumario paralelo en el juicio de Miguel Hernández que contenía documentación favorable al poeta que no fue tomada en cuenta en el juicio contra él y que podría constituir "una vía" para que el Tribunal Supremo admitiera a trámite el recurso de la familia.

Según la información aportada por esta Comisión, cuando el poeta fue apresado por primera vez, se produjo un error administrativo que le permitió volver a su tierra natal, donde estuvo libre durante quince días. Sin embargo, un funcionario judicial lo denunció y se inició un proceso paralelo por parte del juez militar de la zona.
Estos datos no han sido tomados, finalmente, en cuenta por el Tribunal Supremo.


(Lourdes Carrasco, Irene Misas, Beatriz-Irene García, Lorena Díaz)

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